Cómo evitar que tus memes infrinjan los derechos de autor

Memes

La revolución digital trajo consigo una serie de cambios que aún están siendo digeridos por nuestro sistema legislativo. La aparición de las redes sociales y su difusión masiva de contenidos ha dificultado la tarea de regular la información que en ellas se comparte.

Esta situación se ha prestado para la aparición de vacíos legales y espacios grises en los que la justicia aún no ha sabido como actuar. En este sentido, los memes son uno de los contenidos digitales más expuestos a la reproducción masiva y, por tanto, a adquirir popularidad en el panorama digital. Es por esto que repasamos algunos consejos para que tus memes no infrinjan los derechos de autor.

Al igual que cualquier producción artística o literaria, los memes también están sometidos a los derechos de autor

Conoce el derecho de autor o copyright…

El derecho de autor es el termino jurídico que se utiliza para describir aquellos derechos que posee un creador sobre el contenido que produce. En concreto, el derecho de autor se refiere a la producción de obras literarias y artísticas.

De acuerdo a lo establecido en la Convención de Berna, este derecho se obtiene automáticamente en el momento en que una obra es creada. Sin embargo, muchos países cuentan con sistemas específicos de registro y depósito facultativo de obras. La inscripción en estos registros permite al creador asegurarse de la titularidad y los derechos sobre su obra. Esto es útil, por ejemplo, en el caso de una disputa sobre la autoría del trabajo. El problema con este registro de titularidad es que requiere del pago de una tasa e implica un proceso burocrático relativamente lento. Es por ello que muchos creadores solamente se remiten a registrar sus obras una vez que estas adquieren cierta popularidad.

Pero, ¿que clase de contenidos abarca el derecho de autor? De acuerdo a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el derecho de autor se contempla en: Obras literarias, programas informáticos y bases de datos, películas, obras artísticas, obras arquitectónicas y anuncios. Dada esta aclaratoria, es posible decir que no existe una categoría específica del derecho de autor que contemple a los memes o al contenido online, sin embargo, se les suele agrupar dentro de los ‘programas informáticos’.

Esto quiere decir que, al igual que cualquier otra producción artística o literaria, los memes también están sometidos al derecho de autor y, por tanto, es necesario definir los límites de su producción y difusión.

El dilema de la autoría de un meme

La creación de memes en muchas ocasiones esta relacionada con imágenes procedentes de la televisión o las películas. Tal es el caso del meme del chico con la mariposa, sacado de una escena del anime japonés «The Brave Fighter of Sun Fighbird». De igual forma, en noviembre de 2018, Netflix convirtió en meme una escena de la película «Bird Box», una producción original que estaba estrenando en ese momento.

Meme del chico y la mariposa

En este sentido, si alguien quisiera registrar estos memes como suyos no podría hacerlo puesto que dicha persona no fue la responsable de ilustrar el anime o realizar la película.

Sin embargo, si el meme fuera de producción original, es decir, un texto escrito o una fotografía realizada por la persona, entonces si sería posible reclamar y registrar la titularidad sobre dicho contenido. Este es el caso de muchas compañías y páginas que trabajan creando sus propios memes y compartiéndolos en Internet.

Es importante aclarar que mientras un meme se difunda sin ninguna clase de alteración o modificación, estará sometido a los derechos de autor y se deberá citar a su creador. Sin embargo, si el meme es alterado agregándole nuevos diseños o nuevas palabras, entonces este puede ser difundido libremente ya que implicaría una modificación original.

Este último punto es contemplado en la nueva enmieda del Parlamento Europeo sobre los derechos de autor. Esta propuesta, que ha sido sumamente polémica por sus fuertes regulaciones en el entorno digital, parece favorecer a los usuarios en cuanto a la creación de memes se refiere. La enmienda, que fue aprobada definitivamente el pasado martes, señala en su consideración 21 (bis) lo siguiente:

«Como consecuencia de la evolución tecnológica, han surgido servicios de la sociedad de la información que permiten a los usuarios cargar o poner a disposición contenidos en distintas formas y con distintos fines, incluso para la ilustración de una idea, una crítica, una parodia o un pastiche. Estos contenidos pueden incluir extractos breves de obras u otras prestaciones protegidas preexistentes que los usuarios pueden haber modificado, combinado o transformado»

Legislaciones como esta son parte de un intento por regular los contenidos en materia digital, sin embargo, los usuarios deben mantenerse informados y alerta para evitar infringir con las leyes, derechos y deberes que el sistema judicial aún está aprendiendo a aplicar al entorno virtual.

Lee la entrevista a Delia Rodríguez, autora de «Memecracia» y aprende qué es ser un wack. También debes comprender los peligros del reto «vecino de número», así como puede llamarte la atención la nueva casa experiencial de YouTube en Nueva York.

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Diana Cid

Periodista interesada en tecnología, cultura y verificación digital

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