Prohibido que los influencers anuncien pasteles y dulces a menores

El Ministerio de Consumo de España ha regulado, mediante un nuevo real decreto, la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a los menores de edad, incorporando la prohibición de que la misma sea llevada a cabo por personalidades relevantes, deportistas o profesionales que aparezcan en programas infantiles.
Los influencers no podrán publicitar productos de alimentación ni bebidas ni aparecer en los envases de los mismos
No es esta la primera ocasión en que se regula la publicidad por parte de los influencers, que también tienen limitaciones a la hora de participar en publicidad relativa a criptomonedas. En el caso de los alimentos, literalmente el real decreto prohíbe «la aparición en las comunicaciones comerciales sometidas a este real decreto de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, sean estos reales o de ficción, que por su trayectoria sean susceptibles de constituir un modelo o ejemplo para las personas menores de edad».
Todos estos perfiles de influencia pública no podrán intervenir en comunicaciones públicas que inciten al consumo de productos alimenticios, tanto de tipo saludable como no saludable. Esta prohibición alcanza tanto a la publicidad a través de medios impresos como en los propios embalajes de comidas y bebidas.
El real decreto permite, a partir de esas premisas, que las propias empresas autorregulen sus campañas publicitarias siempre que ello suponga ampliar aún más esa protección a los menores. Ahora se abre un periodo de información pública de 15 días hábiles a fin de que organizaciones de consumidores, asociaciones publicitarias, la patronal del sector de la alimentación y otros puedan efectuar sus aportaciones y modificaciones al texto del ministerio. Una vez que el decreto haya recibido el visto bueno de Bruselas y del Consejo de Estado está prevista su aprobación para el último trimestre de 2022.
Grupos de alimentos prohibidos
Con este real decreto el Ministerio de Consumo defiende el superior interés para los menores que evite que sean objeto de mensajes publicitarios perjudiciales para su salud, ciñéndose a criterios nutricionales conformes con los que aprueba la Organización Mundial de la Salud (OMS). De esta manera la normativa a afecta a:
-Productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.
-Pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería.
-Zumos, bebidas energéticas y helados.