¿Qué hacer para no recibir propaganda electoral del 10-N?

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Llegan nuevas elecciones generales a España, que tendrán lugar el 10 de noviembre. Eso se traduce en que los ciudadanos volverán a recibir sobres con propaganda electoral en sus buzones, tan solo unos meses después de la campaña anterior, pero existe una opción para darse de baja y evitar así recibir esta publicidad y debe hacerse a través de Internet.

El último día para darse de baja en la web del INE es el 7 de octubre

Concretamente, el INE o Instituto Nacional de Estadística ofrece en su web oficial el trámite bautizado como «Solicitud de exclusión/inclusión en las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral». Cualquier persona inscrita en el censo electoral puede rellenar este formulario y firmarlo (se necesita certificado electrónico).

Ahora bien, hay que hacerlo cuanto antes porque el plazo concluye el próximo 7 de octubre (es decir, según la legislación española, el día decimotercero posterior a la convocatoria de un proceso electoral).

Según Donald Peña, Director de Comunicación del mencionado Instituto, en la última información ofrecida al respecto, el 23 de septiembre las personas que habían rellenado el formulario para evitar recibir publicidad de partidos políticos en sus hogares ascendió a 481.000 personas. El 15 de septiembre la cifra era de 112.000, por lo que se cuadruplicó en ocho días.

De realizar esta petición, el ciudadano no volverá a recibir propaganda electoral en el futuro, y no solo de cara a la convocatoria del 10N, a no ser que en algún momento cambie de decisión y vuelva a darse de alta para que así sea, dentro de la misma web del INE.

Aquellos ciudadanos que no quieran usar la herramienta que ofrece el INE en Internet, la solicitud también se puede llevar a cabo en ayuntamientos, oficinas consulares y  delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE).

Cabe recordar que en noviembre de 2018 la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos incluyó que se permite la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas por los partidos políticos en campaña electoral, como asunto de interés público. El punto 58 bis permite a los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales utilizar datos obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público.

Bárbara Bécares

Periodista y amante de la comunicación en todas sus formas. Mis dos principales especialidades son las tecnologías y los derechos humanos. Parece que son temas muy dispares, pero en la práctica no tanto.

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